En la primera de las proposiciones no de ley, Compromís instaba a la retirada del reconocimiento y el Premio de la Mujer Trabajadora de las Cortes Valencianas a sor Aurora Gallego, responsable de la Casa Cuna Santa Isabel por los comportamientos de esta religiosa denunciados por las personas afectadas por robos de niños. La institución ha sido investigada en múltiples casos de bebés robados, por lo que en otra proposición se pretendía instar al Consell a retirar el reconocimiento y Premio Valenciano a la Solidaridad y el Voluntariado"por actuar en contra del principio inspirador de dicho reconocimiento en el escándalo de las adopciones irregulares".
La Mesa de las Cortes rechazó la iniciativa al considerar que la revocación de un acuerdo
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| Sor Aurora |
Además, indica que en caso de que la Cámara hiciera suya esa iniciativa, "el modo o la forma en que hubiera de ejecutarse tenía un carácter puramente secundario", y manifiesta que la Mesa elude la cuestión principal y da respuesta al aspecto secundario para impedir el debate, algo que califica de "irrazonable".
En la segunda iniciativa Compromís pedía al Consell que reclamara al Ministerio de Justicia una lista de las "inmatriculaciones de bienes inmuebles" efectuadas por el Arzobispado de Valencia desde 1998, y que la Dirección General de patrimonio realizara las gestiones adecuadas para "inmatricular todos los bienes públicos" sin registrar y ponerlos a nombre de la Generalitat. La Mesa no tramitó la proposición porque la exposición de motivos contenía manifestaciones que podían resultar ofensivas, una decisión con la que, según el TC, "nuevamente" este organismo impide el ejercicio de facultades reglamentariamente reconocidas a los grupos "tras la excusa de un juicio técnico".
La tercera proposición, que pedía que las Cortes se presentaran como acusación particular en el caso Cooperación, no fue admitida con el argumento de que el Estatuto de Autonomía no recoge que el parlamento pueda personarse como acusación participar. El Tribunal Constitucional señala que el hecho de que "no se prevea expresamente en una ley procesal la legitimación de una determinada persona jurídica no implica necesariamente que carezca de legitimación".
Además, considera que no corresponde a la Mesa valorar la oportunidad de si procede la personación de las Cortes o sería más conveniente la de la Abogacía de la Generalitat, y cree que la Mesa se excedió en el ejercicio de sus funciones calificadoras e impidió un debate político sobre esta cuestión.
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