viernes, 21 de octubre de 2011

El Supremo no ve prevaricación de González Sinde en el Cabanyal


El Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella presentada por el Ayuntamiento de Valencia y la Generalitat Valenciana contra la ministra de Cultura, Ángeles González Sinde, por un supuesto delito de prevaricación y usurpación de atribuciones cometido al emitir una Orden Ministerial que paraliza el plan especial del Cabanyal.

El alto tribunal entiende que no ha habido "arbitrariedad, ilegalidad o invasión de competencias".
Esta querella hay que enmarcarla en el conflicto que mantienen el Gobierno y el Ayuntamiento de Valencia por la prolongación de la avenida Blasco Ibáñez hasta el mar, es decir, el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (Pepri) del Cabanyal-Canyamelar.

Después de una década de lances judiciales y a petición del Supremo, el Ministerio de Cultura emitió una orden el 29 de diciembre de 2009 que paraliza este plan por suponer un expolio para el barrio, gran parte del cual está declarado Bien de Interés Cultural (BIC).

Sucesión de recursos

Frente a esta paralización, la Generalitat aprobó una ley que daba cobertura legal al Pepri y a su vez el Gobierno la recurrió ante el Constitucional, recurso que aún está pendiente. También ha habido recursos del ayuntamiento a la Audiencia Nacional y al Supremo para que paralicen cautelarmente la orden, peticiones que han sido desestimadas.

Lo único que le quedaba por hacer al consistorio era querellarse directamente contra la ministra. Y así lo hizo, fichando además a un prestigioso catedrático de Derecho Constitucional de Madrid para que redactara la acusación. A su juicio, González Sinde "era perfectamente conocedora de la injusticia que cometía por cuanto que era consciente de que estaba asumiendo competencias que corresponden a las comunidades autónomas".
Pero tampoco el Supremo le ha dado la razón. El tribunal, que se declara competente para visar este caso, recuerda que ya hay contenciosos en el Supremo y en el Constitucional con el mismo fondo y los mismos actores y que el Supremo ya ha negado la suspensión cautelar de la orden reconociendo "la existencia de un interés general residenciado en la conservación del barrio del Cabanyal, que sólo puede alcanzarse mediante la ejecución de la controvertida orden ministerial".

"Ante ello se desvanece la sombra de arbitrariedad o ilegalidad de la misma", añade el auto de archivo, que recrea incluso las palabras del fiscal cuando dijo que la querella era "infundada" y carecía de "soporte fáctico o jurídico".

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